miércoles, 3 de junio de 2020

Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo hasta los Decretos 328/2010 y 327/2010 de 2º ciclo de educación infantil, primaria y secundaria para nuestra Comunidad Autónoma Andaluza se exponen los deberes y derechos propios del alumnado

No viene mal recordar de vez en cuando, ya que se les olvida que al Instituto se viene a estudiar, y no son lugares asistenciales.

Son deberes del alumnado:

a) El estudio, que se concreta en:

1.º La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.

2.º Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

3.º El respeto a los horarios de las actividades programadas por el centro.

4.º El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.

5.º La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado.


Hay algo que es fundamental, el punto 4º. Cuando tu hijo/a tiene partes, te llama el tutor/a, el Jefe/a de Estudios, el Director/a es que MOLESTA, está fuera de juego, y desde luego no hay aprendizaje. MUY IMPORTANTE para el extraño curso que viene.

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